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Modificación, registro contratista y obras mayores

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El objetivo de este trámite es comunicar oficialmente al Registro de Contratistas, los cambios producidos ya sea en su constitución legal, capacidad económica o en su experiencia acumulada, o en la constitución o aporte de experiencia de su equipo gestor o de su staff profesional, de acuerdo al artículo 45°del Reglamento de Contratistas.

Registro de Contratista y Consultores

Las empresas contratistas deberán comunicar oficialmente al Registro dentro de un plazo máximo de 30 días desde ocurridos, los cambios producidos en la planta, de su personal profesional, los remplazos de los directores de las sociedades anónimas y del representante legal de la empresa, y las modificaciones o transformaciones de las personas jurídicas.

Todo esto con el fin de dar cumplimiento a lo indicado en los artículos 22° y 42° del Reglamento., los cambios producidos.

* Puede presentar las modificaciones junto a la solicitud de actualización, siempre y cuando el plazo de los 30 días del cambio coincida con la fecha de actualización de datos anual, con excepción de solicitudes de cambio de categorías y/o especialidades.

*No se presenta experiencia en su trámite de actualización salvo que su registro este suspendido, si puede presentar experiencia en su actualización solo para acreditar el Art. N° 17. La cual no será cuantificada ni agregada a su experiencia.

 Modificación Registro Contratista